
¿Qué es el Proyecto de Ley Unificado de lucha contra la Corrupción?
Es un articulado con el que se busca fortalecer las acciones de prevención y lucha contra la corrupción, elaborado por los miembros de la Comisión Nacional de Moralización y otras entidades. La iniciativa es liderada por el Presidente y la Vicepresidente de la República, en coordinación con la Secretaría de Transparencia.
¿Cuál es el objetivo del Proyecto de Ley?
Implementar herramientas que contribuyan a la prevención de los actos de corrupción, la cultura de la legalidad, la corresponsabilidad, la integridad y el buen manejo de los recursos públicos. A su vez, busca fortalecer la institucionalidad para tener más y mejores competencias para atacar la corrupción.
¿Quién tuvo la iniciativa de la creación del Proyecto de Ley?
La Vicepresidente de la República, a través de la Secretaría de Transparencia, inició un trabajo de compilación y estudio de proyectos de ley que fueron archivados, así como de recomendaciones internacionales y vacíos o falencias legales que impiden un mejor desempeño de las instituciones que luchan contra la corrupción. El resultado fue expuesto ante la Comisión Nacional de Moralización, y por instrucción del Presidente de la República, se conformaron mesas de trabajo para elaborar un proyecto de ley concertado.
En este proyecto participaron 25 entidades del Estado, con el fin de hacer un trabajo conjunto y coordinado. Cada entidad aportó la solución desde su competencia y conocimiento directo, sobre los temas que requieren una regulación urgente. El proyecto trae nuevas herramientas que permitirán realizar mejores investigaciones y capturar a los delincuentes antes de que se cometa el delito.
¿Qué entidades participaron en su creación?
25 entidades del Estado, entre las que se encuentran la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF, la Superintendencia de Sociedades, la Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Notariado y Registro, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Superintendencia de Servicios Públicos, la Superintendencia de Salud, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Agencia Nacional de Contratación -Colombia Compra Eficiente- y la Auditoría General de la Nación.
¿Cuál es la estructura del Proyecto?
El proyecto tiene tres grandes pilares: prevención, sanción y fortalecimiento institucional, que se desarrollan en 12 capítulos temáticos y 91 artículos.
¿Cuáles son los temas del Proyecto?
- Medidas de protección para los quejosos, denunciantes o quien informe actos de corrupción.
- Responsabilidad de las personas jurídicas.
- Fortalecimiento de la Extinción de Dominio.
- Beneficiario Final.
- Sistemas de intercambio de información, articulación y colaboración para la lucha contra la corrupción.
- Pedagogía para la promoción de la transparencia y lucha contra la corrupción.
- Fortalecimiento administrativo para la lucha contra la corrupción.
- Fortalecimiento de la transparencia en el proceso de elección de personeros y en el desarrollo de su gestión.
- Disposiciones en materia de daño y reparación de los afectados por actos de corrupción.
- Ajustes a la acción de repetición contenida en la Ley 678 de 2001.
- Ajustes al régimen disciplinario para combatir la corrupción.
- Disposiciones en materia contractual para la moralización y la transparencia.
¿Cómo contribuye el contenido para reforzar la confianza de la ciudadanía en las instituciones?
Con este proyecto de Ley se busca fortalecer e implementar herramientas que permitan mayor prevención y pedagogía. Así, se establece un sistema de prevención que comprende la protección del denunciante, canales seguros de denuncia programas de transparencia y ética empresarial de obligatorio cumplimiento par todos los sectores, los cuales contienen un fuerte componente de cultura de legalidad e integridad. Así mismo, se conocerá quienes son las personas naturales que manejan los hilos de los entramados societarios corruptos. El ciudadano podrá ser resarcido por los actos de corrupción y los dineros públicos serán reintegrados.
Con ello, se promueve la prevención de los hechos de corrupción, la transparencia en las instituciones del Estado y se cierran espacios que generan la posibilidad de que se cometan hechos ilícitos.